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María Josefa De La Encarnación. Posesa, Endemoniada y Loca Frente a los Inquisidores de Lima, 1714-1719

María Josefa De La Encarnación: Possessed and Mad before the Inquisitors of Lima, 1714-1719

Resumen

A través del siguiente artículo, estudiaremos y analizaremos uno de los procesos inquisitoriales desarrollados en la ciudad de Lima durante el siglo XVIII; en éste, María Josefa De La Encarnación –una mujer pobre, mulata y doncella– aseguraba tener una conexión especial con Dios. Su expediente, conservado en el Archivo Histórico Nacional De Madrid, ilustra una serie de hechos y actos cuyo vínculo con lo celestial y espiritual también se conecta con la pobreza, la jerarquización étnica y las transgresiones típicas del sexo femenino. Las apariciones de la Virgen o las tentaciones del demonio experimentadas por nuestra protagonista fueron el reflejo de una sociedad que, pese a las limitantes o prohibiciones, vulneró las realidades según los intereses personales de una sociedad mestiza, desigual y patriarcal. María Josefa, por ejemplo, fue una de las que manipuló las situaciones para su conveniencia y, sobre todo, sobrevivencia; el destierro y el confinamiento por parte de los inquisidores eran las estrategias utilizadas para disciplinar a un sexo, según ellos, débil y torpe por naturaleza. Por lo tanto, nuestro objetivo es rescatar aquellos testimonios, discursos y confesiones que permitan recrear y, por supuesto, historiar las transgresiones religiosas y místicas de las mujeres en el Antiguo Régimen.

Palabras-Clave:
posesión demoníaca; falso misticismo; transgresiones femeninas; inquisición de Lima; discursos femeninos

Abstract

This article examines one of the trials of the Inquisition in Lima during the 18th century. In the trial, María Josefa De La Encarnación — a poor, mulata servant — claimed to have a special connection to God. Her case file, which is held in Madrid’s Archivo Histórico Nacional, relates a series of acts linked not only to the celestial and the spiritual realms, but also to poverty, ethnic hierarchies and typically feminine transgressions. The appearances of the Virgin or the temptations of the devil that María Josefa experienced were a reflection of a society that, despite its limits and prohibitions, infringed on reality according to the personal interests of a mestiza society that was unequal and patriarchal. María Josefa, for example, was one of those who manipulated situations to her own convenience and, above all, to her own survival; banishment and incarceration were strategies used by the inquisitors to discipline a sex they considered to be weak and incompetent by nature. Therefore, this paper rescues those testimonies, speeches and confessions that allow a recreation and, of course, a historicization of the religious and mystical transgressions of women in the Ancien Régime.

Keywords:
demonic possession; false mysticism; feminine transgressions; the inquisition in Lima; feminine discourses

Introducción

Hace unas décadas atrás, la historiadora peruana María Emma Mannarelli entregó una serie de datos y antecedentes sobre los procesos inquisitoriales desarrollados en el virreinato del Perú; en sus investigaciones, centradas en la historia de las mujeres y los estudios de género, dio a conocer los detalles judiciales y las características personales y, a veces, grupales de muchos de los sujetos condenados por los inquisidores limeños. La mayoría, como ella misma concluyó, pertenecían a los estratos populares de una sociedad jerarquizada y fragmentada por las disposiciones y órdenes de la monarquía católica. En otras palabras, éstos eran personajes pobres y, además, categorizados étnicamente, es decir, eran sujetos heterogéneos o mestizos cuya posición social, económica y cultural dependía de la mezcla corporal a la cual representaban.

Al mismo tiempo, los datos entregados por las fuentes inquisitoriales, no sólo reflejan las transgresiones que cometían los sujetos, sino también los distintos tipos de dinámicas e interacciones sociales que mantenían entre ellos, pues demuestran las alianzas corporales, sociales o culturales y, sobre todo, la poca rigidez de las estructuras estamentales. Por lo tanto, la documentación del Santo Oficio revela una serie de actos, actitudes, creencias, diálogos, enfrentamientos e interacciones que permiten “historiar” la vida cotidiana y, sobre todo, la cultura urbana y mestiza del período virreinal (GREENLEAF, 1995GREENLEAF, R. La Inquisición en Nueva España, Siglo XVI. México, D.F.: Editorial Fondo de Cultura Económica, 1995., p. 11; MANNARELLI, 1998, p. 9-14; MILLAR, 1998MILLAR, R. Inquisición y Sociedad en el Virreinato Peruano. Santiago de Chile: Ediciones Universidad Católica de Chile, 1998., p. 11).

No obstante, la misma investigadora aclara que no siempre estos documentos son fidedignos, ya que muchas veces la información está tergiversada por la óptica de quiénes la redactan1 1 La mayoría de los sujetos condenados por el Santo Oficio limeño eran personajes analfabetos; las mujeres, por ejemplo, reconocían no saber leer ni escribir, por ende, sus discursos frente a las cortes inquisitoriales, muchas veces, fue tergiversado o acomodado por quienes redactaban sus confesiones. Para mayor información, revisar la tesis doctoral “Mujeres, Brujería e Inquisición. Tribunal Inquisitorial de Lima, siglo XVIII” de Natalia Urra Jaque y la obra de la historiadora María Emma Mannarelli. ; las declaraciones femeninas, por ejemplo, son testimonios parciales, ya que se intercalan con las visiones y las opiniones de los inquisidores y, por supuesto, con las transcripciones de los notarios (MANNARELLI, 1998, p. 12-14). Incluso, Carlo Ginzburg, pese a reconocer la importancia de la documentación inquisitorial y asegurar que ésta es extremadamente rica en datos, también reconoce las fuertes distorsiones que poseen. Para él, los sujetos procesados por el Santo Oficio sólo expresan y confiesan un estereotipo o modelo inquisitorial divulgado previamente por juristas, teólogos y predicadores. Por lo tanto, el documento refleja un proceso monológico y repetitivo, ya que las respuestas de los acusados siempre son afines a las preguntas de los inquisidores (GINZBURG, 2010GINZBURG, C. El Hilo y las Huellas. Lo Verdadero, lo Falso, lo Ficticio. México D.F.: Fondo de Cultura Económica, 2010., p. 399-404). Cecilia López Ridaura, también concluyó que muchas de las ideas expresadas por los acusados en los tribunales inquisitoriales de la Nueva España, formaron parte de un proceso colonizador y evangelizador, cuyo único propósito fue imponer las ideas, las creencias y las culpabilidades preconcebidas en la Europa moderna. Los procesos contra “las brujas de Coahuila”2 2 Los procesos inquisitoriales contra las brujas de Coahuila fueron contra un grupo de mujeres condenadas por practicar hechicerías y supersticiones en tierras novohispanas durante el siglo XVIII, sin embargo, para la investigadora Cecilia López Ridaura, muchas de las expresiones, discursos y testimonios conservados en los expedientes del Archivo General de la Nación en Ciudad De México, repiten un modelo inquisitorial preconcebido en Europa, por lo tanto, reflejan un modelo evangelizador y, por supuesto, cultural de imposición y avasallamiento. son muy ilustrativos, ya que muchos detalles expuestos en la documentación ejemplifican el modelo inquisitorial impuesto en territorios novohispanos (LÓPEZ RIDAURA, 2012LÓPEZ RIDAURA, C. Las Brujas de Coahuila: Un proceso Emblemático del Norte de la Nueva España. En: ORTIZ, A. y ZAMORA, M. J. (Editores). Espejo de Brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia. Madrid: Abada Editores, 2012, p. 115-133., p. 131).

Sin embargo, pese a la imparcialidad o poca neutralidad, estos autores reconocen que la información entregada por la documentación inquisitorial permite reconstruir un fenómeno histórico y, de este modo, reinterpretar un pasado con profundas desigualdades, cuyos diálogos contaminados o no por las interpretaciones de los inquisidores, reflejan una auténtica lucha de “voces en conflicto”. Es decir, una incomprensión recíproca entre mentalidades e ideas cultas y populares, por ende, disputas constantes entre ambas concepciones y, a su vez, la imposición de un pensamiento sobre el otro (FABERMAN, 2005FARBERMAN, J. Las salamancas de Lorenza. Magia, Hechicería y Curanderismo en el Tucuman Colonial. Buenos Aires: Siglo XXI, 2005., p. 20-22; GINZBURG, 2013GINZBURG, C. Mitos, Emblemas, Indicios. Morfología e Historia. Barcelona: Gedisa Editorial, 2013., p. 32-33; MANNARELLI, 1998, 12-15; VON WOBESER, 2016VON WOBESER, G. Apariciones de Seres Celestiales y Demoniacos en la Nueva España. Ciudad De México: Universidad Autónoma de México, 2016., p. 21-25).

Nuestra protagonista, por ejemplo, es una de las tantas mujeres condenadas por el Santo Oficio durante el siglo XVIII; su proceso, desarrollado entre los años 1714 y 1719 en la ciudad de Lima, no está ajeno a una realidad femenina vinculada a la pobreza, a la violencia, a las categorizaciones étnicas, a las desilusiones afectivas, a los prejuicios sociales y, sobre todo, a las manipulaciones tanto personales como grupales. Sus testimonios o confesiones, descritos por los inquisidores, manifiestan, como la mayoría de los documentos resguardados por estos hombres, una serie de transgresiones -según ellos- netamente femeninas, ya que María Josefa De La Encarnación representaba, por su condición de mujer, una serie de debilidades y torpezas propias de su sexo (BROWN, 1989BROWN, J. Afectos vergonzosos. Sor Benedetta: Entre Santa y lesbiana. Barcelona: Editorial Crítica, 1989., p. 13-14; GUILHEM, 1984GUILHEM, C. La Inquisición y la Devaluación del Verbo Femenino. En BENNASAR, B. (Editor). Inquisición Española: Poder Político y Control Social. Barcelona: Editorial Crítica , 1984, p. 171-207., p. 193; TORQUEMADA, 2013TORQUEMADA, M. J. Los Delitos de Brujería y Sortilegios: Los Orígenes de su Represión Jurídica y Algunas Observaciones Acerca de sus Peculiaridades. En Torquemada, M.J. y Muñoz, M.J. Tres Estampas Sobre la Mujer en la Historia del Derecho. Madrid: Dykinson, S.L., 2013, p.55-113., p. 84-85; URRA, 2017URRA JAQUE, N. ¿Brujas, hechiceras, maestras sortílegas o supersticiosas? Legislación, conceptos, ideas e imaginarios sobre los delitos de Superstición en el Tribunal Inquisitorial de Lima, siglo XVIII. En: LOURENCO, M., BASTOS, S. Y, VASSALLO, J. (Coordinadores). Inquisiciones. Dimensiones Comparadas (Siglos XVI-XIX). Córdoba: Editorial Brujas, 2017, p. 159-180., p.159-163).

Entre los folios 36 y 40 del documento número 5, legajo 5345, sección Inquisición de Lima del Archivo Histórico Nacional de Madrid, se detallan una serie de situaciones en las que nuestra protagonista dice ser una visionaria, recibir mensajes divinos de la virgen María y de Jesucristo, experimentar el éxtasis y los arrobos y, por supuesto, mantener relaciones carnales con el demonio de forma involuntaria. Durante los cinco años que duró este proceso, los inquisidores la interrogaron a ella y a los testigos, incluyendo al confesor de María Josefa. En éstos se especifican aspectos personales que permiten comprender por qué fue condenada por embustera y blasfema, ya que finalmente todo terminó siendo una falacia. Luego de varios debates y diálogos con teólogos y expertos en Derecho Canónico, los inquisidores la sentenciaron al destierro y al confinamiento para así evitar futuros deslices y tropiezos respecto a la práctica religiosa individual.

En este sentido, las mentiras, sobre cada uno de sus dichos y testimonios, reflejaban las limitantes a las cuales se veían sometidas las mujeres y especialmente aquellas cuya pobreza y categorización étnica las encasillaban aún más dentro de un sector social, económico y cultural, pues con tales actos creían manipular los entornos sociales a los cuales pertenecían y, por tanto, tener un control o renombre sobre el resto de sus pares (CARO BAROJA, 1992 CARO, B. J.Vidas Mágicas e Inquisición, Volumen I y II. Madrid: Editorial Taurus, 1992., p. 59; GONZALBO, 2016GONZALBO, P. Los Muros Invisibles. Las Mujeres Novohispanas y la Imposible Igualdad. Ciudad De México: El Colegio De México, 2016., p. 2018-220; FARBERMAN, 2005FARBERMAN, J. Las salamancas de Lorenza. Magia, Hechicería y Curanderismo en el Tucuman Colonial. Buenos Aires: Siglo XXI, 2005., p. 23-26; URRA, 2015URRA JAQUE, N. Prácticas mágicas e identidad mestiza en el virreinato del Perú, siglo XVIII. En: GONZÁLEZ, Y. Diálogos de historia de Chile. Miradas y alcances de la investigación en Chile con enfoque regional. Temuco: Ediciones Universidad de la Frontera, 2015, p. 66-86., p. 66-71; VON WOBESER, 2016VON WOBESER, G. Apariciones de Seres Celestiales y Demoniacos en la Nueva España. Ciudad De México: Universidad Autónoma de México, 2016., p. 15-18).

La documentación inquisitorial sobre el proceso contra María Josefa De La Encarnación nos acercará, pese a las limitantes o subjetividades de quienes las escribieron, a las cotidianeidades de los sujetos heterogéneos o mestizos y el cómo éstos, por medio de embustes, simulaciones y alianzas sociales, construían realidades afines a sus intereses e ilusiones personales, por ende, muchas de estas situaciones fueron penalizadas como transgresiones o acciones heterodoxas por parte de las élites o los grupos hegemónicos, pues escapaban al control y, sobre todo, al modelo cultural impuesto por éstos. El proceso inquisitorial contra nuestra protagonista, ilustrará -según nuestro parecer- la realidad social de muchos personajes cuyas manipulaciones y tergiversaciones eran las únicas alternativas que poseían para vulnerar las reglas y las normativas y, así pues, ocupar un sitio distinto y, en algunos casos, distante de su estatus o condición social.

Nuestro objetivo, al respecto, es analizar las vivencias, las acciones y las expresiones de una mujer común, cuya cotidianeidad individual también refleja la grupal, pues por medio de sus confesiones, testimonios y narraciones frente al tribunal del Santo Oficio, es posible rehacer una historia que, a pesar de las lagunas e incógnitas, revela una realidad muchas veces carente económica y socialmente, por ende, compleja para algunos sectores o grupos.

María Josefa De La Encarnación: ¿Santidad, locura o engaños? Discursos y testimonios frente al Santo Oficio

La religiosidad experimentada por algunos sectores de la sociedad virreinal americana es un tema bastante estudiado y debatido por la historiografía; numerosos investigadores han centrado sus pesquisas en aquellos sujetos cuyo fervor ortodoxo modificó las realidades locales y, en algunos casos, traspasó las fronteras de sus entornos cercanos, pues la jactancia de una conectividad directa con la divinidad significó un reconocimiento por parte de la población y, a su vez, un posicionamiento social distinto al de su origen. Durante el Antiguo Régimen hispano, muchos hombres y mujeres aseguraron ser enviados celestiales o “místicos”, ya que -según ellos- podían ver, escuchar, conversar y relacionarse directamente con Dios y con sus ángeles. Casos emblemáticos figuran en los registros de la península Ibérica y de América, tales como Santa Teresa de Jesús, Santa Rosa de Lima, San Francisco Solano o San Martín de Porres, etc. (DE SOUSA MARTINS, 2018DE SOUZA, W. A beata Joana de Gusmao (1688-1780). Analise das representacoes construídas pela historiografía e da atuacao no campo religioso, En: Historia Unisonos, 22 (1): 18-22, Janeiro/Abril, 2018., p. 19; MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 227-230; VON WOBESER, 2016VON WOBESER, G. Apariciones de Seres Celestiales y Demoniacos en la Nueva España. Ciudad De México: Universidad Autónoma de México, 2016., p. 30; SÁNCHEZ ORTEGA, 1992SÁNCHEZ ORTEGA, M.H. La Mujer y la Sexualidad en el Antiguo Régimen. La Perspectiva Inquisitorial. Madrid: Akal Universitaria, 1992., p. 124-131).

La sociedad limeña, por ejemplo, fue una que -como tantas otras más de la América hispana-exhibía por medio de templos, conventos, iglesias, capillas y sus más de 300.000 misas y festividades religiosas al año, una vida cotidiana pauteada por una serie de obligaciones impuestas por la Iglesia, por ende, custodiar la religiosidad popular no fue tarea fácil, pues al redefinir los límites entre lo profano y lo sagrado se consolidaron las jerarquías eclesiásticas y, por tanto, la autoridad de una institución como la Inquisición. Ésta, no estuvo ajena a las transformaciones, pues su celo hacia ciertos personajes supuestamente “místicos”, recayó de tal forma que cada vez fue aún más difícil experimentar el reconocimiento social y, por ende, una religiosidad cercana a la santidad.

En este sentido, las transformaciones sociales, económicas y, sobre todo, políticas experimentadas entre los siglos XVII y XVIII, también repercutieron dentro del Santo Oficio, ya que la racionalidad propia del “Siglo de las Luces”, influenció la percepción sobre ciertos actos y la veracidad de los testimonios entregados al tribunal; muchas mujeres, por ejemplo, fueron condenadas por fingir éxtasis, arrobos, revelaciones y visiones, por ende, las sentencias apuntaban más a un desequilibrio emocional que a una conexión espiritual con Dios. La mayoría de ellas, poseían -según los inquisidores- características mitómanas y extravagantes, por lo tanto, eran unas ilusas y, en algunos casos, estaban locas3 3 La retórica inquisitorial respecto a la mujer, se fundamentó en un discurso misógino y patriarcal. Manuales y textos teológicos, complementaron la mirada despectiva hacia el sexo femenino. La mayoría de sus sentencias dejaban en evidencia la concepción que el tribunal tenía sobre las mujeres, sin embargo, como una institución propia del Antiguo Régimen, evolucionó a un discurso más racional que, además, impidió el brote excesivo de las transgresiones típicamente femeninas. Para mayor información revisar la obra e María Jesús Torquemada. (MANNARELLI, 1998, p. 43-47; MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 227-240).

Nuestra protagonista, por ejemplo, fue acusada por un eclesiástico un 28 de mayo de 1714, quien se presentó ante el Santo Oficio de Lima con unos documentos redactados por él mismo, en éstos describía 38 revelaciones narradas por cuatro mujeres de quienes -además- era el confesor. Todas coincidían en que María Josefa recibió favores especiales de Jesucristo y los santos por medio de sueños espirituales, apariciones, éxtasis e incluso padeció tormentos y castigos por parte de los demonios. Otro testigo, también varón, reafirmó dos años más tarde lo antes expresado, ya que en 1716 concordó con lo escrito por el sacerdote. Por lo tanto, una junta de cuatro teólogos examinó los documentos y testificó, bajo juramento, a las cuatro mujeres para, finalmente, concluir que los actos y dichos de María Josefa eran “proposiciones heréticas y supersticiosas”, algunas de “vana observancia” y otras “escandalosas e impías”. Por consiguiente, la acusaron de blasfemia y de pactar explícitamente con el diablo, pues aseguraron que ésta era una “obtusa más del demonio”; los mismos teólogos, además, sugirieron a los inquisidores “frenar este cáncer lo antes posible” por medio de la penitencia. Por ende, dos de ellos votaron el 18 de noviembre de 1717 que ésta debía ir presa a las cárceles secretas con embargo de bienes, situación que se concretó un 15 de junio de 1718 (A.H.N., Legajo 5345, Documento n° 5, folios 36 verso – 36 reversoArchivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso).

Ahora bien, según sus propios testimonios, María Josefa era una mulata libre de 50 años conocida popularmente como “la de España”. En la información proporcionada por el documento se ratificó que era una cristiana bautizada y confirmada, pues cumplía con los mandamientos de la Iglesia ya que sabía de la “doctrina católica y sus misterios”. En su primera audiencia, con fecha 5 de julio de 1718, confesó a los inquisidores algunas de las revelaciones descritas por el sacerdote, pues dijo que desde los cuatro años se le aparecía la Virgen, ya que al “pedirle pan” ésta la bendijo y le aseguró que la “llenaría de la gracia de su hijo”. No obstante, pese a ejercer el oficio de lavandera vivía de las limosnas de sus vecinos, quienes -al igual que ella- no entendían porqué estaba presa en las cárceles de la Inquisición.

La explicación a tal circunstancia se debía -según su propio discurso- a que mucho tiempo antes, siendo una “doncella”, fue amenazada y calumniada por un hombre que “quería corromperla”, pues al resistírsele le afirmó que estaba amancebada con “el espíritu”. Sin embargo, su error más grave fue decirle al sacerdote, a través del sacramento de la confesión, que “los diablos la azotaban” y que incluso su “madre era quien la socorría”, pues constantemente la ayudaba a quitárselos de encima, además, le dijo al mismo sacerdote ver en sueños a Jesucristo y a la Virgen. Los inquisidores al preguntarle a quiénes comentaba estas revelaciones y situaciones, les contestó que “a muchas personas”, pero “no por soberbia ni por querer ser una Santa”, sino porque pensaba que todas estas experiencias eran “una burla del demonio” hacia ella (A.H.N., Legajo 5345, Documento n° 5, folios 37 reverso - 38 versoArchivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso).

Varios de los hechos expuestos por María Josefa en sus primeros interrogatorios se asemejan a muchos otros testimonios dados a la Inquisición, ya que tanto en los tribunales peninsulares como en los americanos se presentaron sujetos con características y discursos similares a las de nuestra protagonista. En algunos casos, como lo sugiere María Tausiet, nos conducen a un tipo de espiritualidad propia de la época, asociada -según los inquisidores- a la religiosidad experimentada por “los alumbrados” y, como ya se ha estudiado, la mayoría de las veces ésta era engañosa o fraudulenta. La presencia del demonio, por ejemplo, era clave para discernir si estos personajes estaban endemoniados (poseídos) o eran agentes del demonio. En el primer caso, éstos estaban libres de toda culpabilidad, puesto que los consideraban víctimas y no cómplices, por lo tanto, el poseso no era un transgresor individual, sino más bien alguien que cargaba con los pecados cometidos por el resto (MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 240-243; ORTIZ, 2012ORTIZ, A. Posesa. La Historia de Magdeleine Bavent como Síntoma de la Relación Mujer, Bruja y Aquelarre. En: ORTIZ, A. y ZAMORA, M. J. (Editores). Espejo de Brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia. Madrid: Abada Editores , 2012, p. 247-264., p. 248-250; RICE CARLSOHN, 2012RICE, CARLSOHN R. El Demonio en la Imaginación Colectiva Novohispana: El Caso de la Vida de la Venerable Isabel de la Encarnación, Compuesta por su Confesor, el Licenciado Pedro Salmerón (1675). En: ORTIZ, A. y ZAMORA, M. J. (Editores). Espejo de Brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia. Madrid: Abada Editores , 2012, p. 297-314., p. 297-298; TAUSIET, 2014TAUSIET, M. Folclore y Leyendas en la Península Ibérica en Torno a la Obra de Francois Delpech. Madrid: CSIC, 2014, p. 195-197).

Para los hombres del Santo Oficio no era fácil distinguir si estos testimonios eran reales o falsos, puesto que la misma religiosidad y espiritualidad experimentada en aquellos siglos era compleja. Para dictar las sentencias se basaban en las cotidianeidades de los sujetos acusados, es decir, en las vivencias personales y las interacciones que tenían dentro de sus comunidades. Para ellos el “misticismo” sólo podía ser ejercido por los elegidos de Dios y éstos eran personajes virtuosos, cuya vida era ascética o incorruptible. Las tentaciones a las que estaban sometidos todos los seres humanos eran múltiples, ya que el demonio y sus secuaces corrompían a la mayoría de los creyentes, pocos se libraban de su maldad y en el caso de las mujeres era más notorio aún, ya que éstas según tratados, discursos y manuales de la época eran fáciles de corromper y dejarse engañar, sobre todo, cuando se trataba de la sexualidad y los placeres de la carne (FRANCO, 1999FRANCO, G. Cultura y Mentalidad en la Edad Moderna. Sevilla: Mergablum, 1999., p. 100- 102; MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 244-246; MANNARELLI, 1998, p. 63-66; SÁNCHEZ ORTEGA, 1992SÁNCHEZ ORTEGA, M.H. La Mujer y la Sexualidad en el Antiguo Régimen. La Perspectiva Inquisitorial. Madrid: Akal Universitaria, 1992., p. 126-129; TORQUEMADA, 2012TORQUEMADA, M.J. Doscientos Azotes y Pena de Destierro. En: ORTIZ, A. y ZAMORA, M. J. (Editores). Espejo de Brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia. Madrid: Abada Editores , 2012, p. 353-370., p. 353-355; VON WOBESER, 2016VON WOBESER, G. Apariciones de Seres Celestiales y Demoniacos en la Nueva España. Ciudad De México: Universidad Autónoma de México, 2016., p. 33-34).

Sin embargo, las mujeres -según la historiadora María Helena Sánchez Ortega- eran tan astutas que, pese a las limitantes impuestas durante el Antiguo Régimen, no siempre se ajustaron a los patrones conductuales, ya que transgredieron las reglas e intervinieron de formas singulares en aquellos entornos que las colocaban en un segundo plano. La misma documentación inquisitorial lo evidencia y advierte, ya que en sus folios se leen un sinfín de comportamientos transgresores asociados a la espiritualidad; ésta fue sin duda un tipo de mística, ya que muchas mujeres se saltaban las distintas fases o vías purgativas, practicaban ayunos y penitencias o, en otras palabras, se encontraban con Dios por medio del amor y “la gracia santificante”.

Para muchas de ellas, el camino religioso fue el único método que les permitió manifestar inquietudes y realizarse desde una mirada más “intelectual”, por ende, presentarse ante el Santo Oficio fingiendo éxtasis y arrobos, les dejó expresar una serie de emociones heterogéneas, ya que éstas podían ser espirituales o eróticas y, así pues, participar en las corrientes intelectuales y religiosas desde la caridad o la contemplación e incluso desde la manipulación. Muchas mujeres, sin ser monjas o beatas, se entregaban fervientemente a Dios y prometían votos de castidad, austeridad y caridad, la mayoría eran guiadas por sacerdotes o eclesiásticos. Además, no siempre eran personajes aislados, al contrario, se rodeaban de otras mujeres o pequeños grupos femeninos, quienes -a su vez- creaban un perfil lejos de lo establecido, pues asumían liderazgos públicos o privados y esto provocaba un mayor recelo hacia ellas y su supuesta espiritualidad. La participación femenina no era fiable en lo que a situaciones sagradas respecta, sin embargo, sus comportamientos reflejaron, de una u otra forma, la gran variedad de sujetos y, sobre todo, de acciones heterodoxas que desfilaron ante los tribunales inquisitoriales (MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 246-247; SÁNCHEZ ORTEGA, 1992SÁNCHEZ ORTEGA, M.H. La Mujer y la Sexualidad en el Antiguo Régimen. La Perspectiva Inquisitorial. Madrid: Akal Universitaria, 1992., p. 65-68).

María Josefa, por ejemplo, fue una de esas que manifestó comportamientos espirituales heterodoxos4 4 La sociedad americana estuvo muy expuesta a acciones heterodoxas, es decir, pensamientos o actos al margen de lo establecido, por ende, muchas formas de experimentar la religiosidad, no siempre se ajustaron a los cánones o patrones impuestos por las esferas de poder. La inquisición, al respecto, jugó un rol relevante para erradicarlas y así evitar conductas que colocaran en entredicho la normativa religiosa. Para mayor información revisar la obra de María Jesús Zamora y María Jesús Torquemada. , pues no eran del todo claros ni incorruptibles como se esperaba de una mujer virtuosa o religiosa; en su tercera audiencia con fecha 19 de julio de 1718, confesó que un médico la curó en varias ocasiones, a veces por “los estados de locura” que padecía como consecuencia de los ayunos y la mala alimentación, ya que durante días sólo comía “caldo de azibar”5 5 Según la definición de la Real Academia de la Lengua Española, RAE, el “acíbar” es un tipo de áloe o planta cuyo sabor es amargo, para mayor información revisar la web https://dle.rae.es/?id=0SoCzQ5. y, también, en otra oportunidad en que el demonio se encolerizó con ella, pues le dejó golpes y heridas. Según su testimonio, éste se enojaba constantemente porque escuchaba y obedecía una voz celestial que le pedía “hacer penitencia para resistir las tentaciones” y, por tanto, no someterse a él. Al mismo tiempo, aseguraba ser una mujer casta, no obstante, en una de las audiencias voluntarias, fechada un 10 de noviembre de 1718, relató a los inquisidores un encuentro carnal con el demonio.

De acuerdo a lo descrito por el documento, sufrió un accidente que la dejó muy “enferma y atenuada”, por lo tanto, solo “quería morir”. Esta misma gravedad le permitió ver que en sus aposentos habían muchos demonios que exhalaban un “fuego de lujuria” y que uno de ellos, en figura de hombre, se subió a su cama mientras el resto la inmovilizaba. Éste la penetró con un instrumento que, según su propio testimonio, era tan “prolongado que salía por su boca y tan ardiente que la dejó abrazada interiormente”, por tanto, sintió “los deleites y la naturaleza” que se experimentaban en tales actos. Afligida por la situación invocó a la Virgen y a los Santos y, más tarde, al entrar un sacerdote le pidió que le quitase los demonios, quienes “huyeron al ver la Santa cruz”. Además, éste mismo -junto a otros clérigos- la consoló y le dijo que no había pecado, ya que en ningún momento consintió tal situación, puesto que todo sucedió en contra de su voluntad (A.H.N., Legajo 5345, Documento n° 5, folios 37 reverso - 38 versoArchivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso).

Sin embargo, era tal su aflicción que, pese a ser reconfortada constantemente, se quejaba y pedía clemencia, ya que no entendía por qué Dios permitió que el demonio cometiera semejante “maldad” con ella, incluso comentó a los inquisidores que una vez le preguntó “al señor” porqué perdió “la virginidad en aquella ocasión” y que éste “riéndose le contestó que no era una pecadora”, ya que éstos eran métodos “utilizados por el maligno” para perturbarla y así no permitirle cumplir con “su voto de castidad”, no obstante, seguía siendo “una mujer virgen sana y entera”. Además, agregó que la misma noche en que se le leyó la acusación por parte del Santo Oficio, vio a Dios “en un tribunal muy hermoso” y junto a él a “muchos demonios que tenían su alma entre las manos”, en ese mismo instante apareció “la Virgen y San Ignacio para protegerla”, mientras “la voz del señor” le decía que:

[…] estaba mui enojado porque avia comunicado con las criaturas los favores que le avia hecho y trabajos ue la avia embiado y que solo confesando en el tribunal de la inquisición todo lo que le avian leydo en la acusación conforme se fuese acordando la perdonaría y desaparecida otra visión despertó llorando (A.H.N., Legajo 5345, Documento n° 5, folios 38 verso - reversoArchivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso).

Las acciones o situaciones en las que se presenta el demonio son una constante en los registros inquisitoriales, muchos sujetos -como la misma María Josefa- decían verlo, conocerlo y mantener vínculos, carnales o no, con él. René Millar asegura que la mayoría de las mujeres que fingían una conexión con lo espiritual, también estaban constantemente amenazadas por esta figura maligna, pues imitaban los comportamientos y aflicciones atribuidas a santos y santas, incluso algunas replicaban los sermones y las pláticas que escuchaban de sus mismos confesores, quienes -la mayoría de las veces- las instaban a escribir sus experiencias para así orientarlas de mejor forma y, por supuesto, evitar deslices. Algunos, incluso, les pedían minuciosidad, ya que frente a un error, quedaban en entredicho frente a su pares (DE SOUZA MARTINS, 2016DE SOUZA, W. A clausura enferma: Peticoes para saída do convento da ajuda no Rio De Janeiro para tratamento de doencas contagiosas, 1750-1780, En: Historia, Ciencias, Saúde, v.23/n°3, julio-septiembre, 2016., p. 720-721; MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 246-254).

En nuestro caso, el documento no aclara si María Josefa escribía o no, pero sí que su confesor lo hacía por ella, además aseguró estar en contacto con él cada vez que experimentaba alguna situación anormal o “espiritual”, pues todo se lo comentaba a él. Sin embargo, éste nunca le advirtió lo “peligroso de creer en aquellos sueños donde supuestamente veía a Dios, a la Virgen y a los Santos” (A.H.N., Legajo 5345, Documento n° 5, folios 38 reversoArchivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso). En este caso, la figura del sacerdote no cumplió con la norma establecida, ya que en cierta medida, no la guió ni orientó debidamente y esto, sin duda, fue clave para una sentencia que dejó en evidencia los malos hábitos o comportamientos de María Josefa, ya que -ante tales circunstancias- éstos debían evitar que la espiritualidad experimentada por sus hijas de confesión, fuesen heterodoxas o inducidas por el demonio (MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 246-254).

María Tausiet, por su parte, afirma que muchas de las situaciones descritas por los documentos inquisitoriales simbolizan la “unión perfecta” entre “cultura picaresca” y “cultura clerical”, ya que el mismo lenguaje religioso, utilizado por sacerdotes, confesores e incluso inquisidores, era repetido por los acusados o supuestos transgresores. Las posesiones demoníacas, por ejemplo, revelaban las actitudes individuales y, por supuesto, los comportamientos grupales respecto al demonio y su figura maligna. Éste, interpretó un rol protagónico en “la piedad espiritual”, ya que se convirtió en un personaje literario clave para las hagiografías, incluso -para Robin Ann Rice Carlssohn- fue parte de una estructura intelectual y emocional propiamente americana (RICE CARLSOHN, 2012RICE, CARLSOHN R. El Demonio en la Imaginación Colectiva Novohispana: El Caso de la Vida de la Venerable Isabel de la Encarnación, Compuesta por su Confesor, el Licenciado Pedro Salmerón (1675). En: ORTIZ, A. y ZAMORA, M. J. (Editores). Espejo de Brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia. Madrid: Abada Editores , 2012, p. 297-314., p. 303). Sus acosos o tentaciones tenían como único fin alejar a los fieles del bien, sobre todo, de la senda virtuosa y ortodoxa, por ende, se manifestaba en las misas, en las oraciones o en las festividades religiosas. Los místicos incluso creían que su alta sensibilidad respecto a las experiencias espirituales los desprotegía frente al demonio, por ende, sufrían tormentos y distracciones. Para muchos clérigos, las enfermedades mentales, como la locura o la melancolía, eran obra de sus intervenciones malignas (TAUSIET, 2014TAUSIET, M. Folclore y Leyendas en la Península Ibérica en Torno a la Obra de Francois Delpech. Madrid: CSIC, 2014, p. 209; VON WOBESER, 2016VON WOBESER, G. Apariciones de Seres Celestiales y Demoniacos en la Nueva España. Ciudad De México: Universidad Autónoma de México, 2016., p. 60-62).

A través de sus investigaciones y escritos, la filóloga y especialista en literatura del Siglo de oro español María Jesús Zamora, concluyó que el demonio engañaba a los sujetos por medio de susurros y sugerencias, los tentaba al placer, a la envidia, al rencor o a la soberbia; si Dios les mostraba la luz, el demonio les mentía por medio de falsos destellos. Los místicos debían estar alerta y replantearse sus emociones o experiencias, es decir, si éstas eran confusas o armoniosas, ya que dependiendo del sentir, podía ser el llamado de Dios o del Diablo. La “piedad espiritual femenina” fue, según los documentos inquisitoriales, corrompida por medio de la corporalidad, el erotismo y, especialmente, a través de la sexualidad, ya que el goce y la alegría estaban en equidad con la mortificación y los ayunos y, en este caso, ambos extremos constituían métodos distintos de aproximación a “la santidad”, por lo tanto, el cuerpo se convertía en el intermediario con la divinidad y la gracia celestial. Las artimañas del demonio consistían en despertar una sensualidad relativamente peligrosa, sobre todo, para las mujeres que intentaban conservar su virginidad, pues como lo expresó nuestra protagonista, ser “pura” significaba estar más cerca de Dios (MANNARELLI, 1998, p. 69-73; RICE CARLSOHN, 2012RICE, CARLSOHN R. El Demonio en la Imaginación Colectiva Novohispana: El Caso de la Vida de la Venerable Isabel de la Encarnación, Compuesta por su Confesor, el Licenciado Pedro Salmerón (1675). En: ORTIZ, A. y ZAMORA, M. J. (Editores). Espejo de Brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia. Madrid: Abada Editores , 2012, p. 297-314., p. 309- 310; VON WOBESER, 2016VON WOBESER, G. Apariciones de Seres Celestiales y Demoniacos en la Nueva España. Ciudad De México: Universidad Autónoma de México, 2016., p. 62-63; ZAMORA, 2010ZAMORA, M.J. Misticismo y Demonología: Teresa De Jesús. En: ALPHA, diciembre n° 31, 2010, p. 147-161., p. 156).

No obstante, la espiritualidad experimentada por estos sujetos no siempre fue real, pues -como hemos enfatizado- el fingir un acercamiento a Dios sin intermediarios, significaba alcanzar una posición privilegiada dentro de su entorno; algunos, incluso, obtenían tal renombre que eran admirados por el resto de la sociedad. La falsa santidad fue una constante en las sociedades del Antiguo Régimen y, en este sentido, manipular o fingir visiones, revelaciones o espiritualidades cercanas a lo celestial fue otra de las conductas más repetidas por algunos sujetos, ya que al hacerlo obtenían un cierto poder y, sobre todo, una cierta admiración por parte de sus pares.

En los contextos americanos, además de la pobreza, se sumaban otras limitantes propias de una sociedad jerarquizada y estructurada por condiciones étnicas, por ende, manipular a través de la santificación, significaba vulnerar o simular realidades ventajosas para quienes convivían e interactuaban con los prejuicios sociales, es decir, con las estigmatizaciones y categorizaciones típicas de una sociedad cuya mezcla corporal equivalía, según los grupos hegemónicos y autoridades en general, a un tipo de comportamiento, moralidad y pensamiento sí o sí transgresor (ARRELUCEA, 2018ARRELUCEA, M. Sobreviviendo a la Esclavitud. Negociación y Honor en las Prácticas Cotidianas de los Africanos y Afrodescendientes. Lima, 1750-1820. Lima: IEP, 2018., 63-66; COSAMALÓN,2015, p. 98-99; MILLAR, 1998MILLAR, R. Inquisición y Sociedad en el Virreinato Peruano. Santiago de Chile: Ediciones Universidad Católica de Chile, 1998., 247-261; MILLONES,2002MILLONES, L. Las Confesiones de Don Juan Vázquez. Lima: IFEA y PUCP, 2002., 18-19; O´PHELAN, 2008O´PHELAN, S. La construcción del miedo a la plebe en el siglo XVIII a través de las rebeliones sociales. En: ROSAS, C. (Editora) El Miedo en el Perú. Lima: Ediciones PUCP , 2008, p. 123-138., p. 123-138).

La desconfianza que muchos de estos sujetos provocaban, condicionó la credibilidad respecto a la santidad experimentada por ellos, cada vez era más difícil creerles una conexión especial con lo celestial. Los mismos inquisidores, por ejemplo, replantearon una serie de normas y, al mismo tiempo, nuevos discursos sobre el accionar de estos supuestos místicos o enviados celestiales. A las mujeres las consideraban “desviadas socialmente”, es decir, apartadas de “la moral cristiana”, por lo tanto, sus transgresiones eran mucho más complejas y escandalosas. Las sanciones y castigos, no sólo debían ser correccionales sino también moralistas y esto se concretaba, según ellos, a través del aislamiento y la disciplina. Sin embargo, el discurso secular del siglo XVIII, provocó que muchas experiencias místicas fueran observadas desde una óptica más racionalista, por tanto, las transgresiones fueran cada vez menos y, a su vez, atribuidas a la falta de cordura (MANNARELLI, 1998, p. 74; TAUSIET, 2014TAUSIET, M. Folclore y Leyendas en la Península Ibérica en Torno a la Obra de Francois Delpech. Madrid: CSIC, 2014, p. 210-121; TORQUEMADA, 2012TORQUEMADA, M.J. Doscientos Azotes y Pena de Destierro. En: ORTIZ, A. y ZAMORA, M. J. (Editores). Espejo de Brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia. Madrid: Abada Editores , 2012, p. 353-370., p. 353-356).

María Josefa, por ejemplo, solicitó una audiencia voluntaria ante los inquisidores un 5 de diciembre de 1718. Luego de varios meses de interrogatorios y confesiones “descargó su conciencia” y “prometió decir toda la verdad”. En un comienzo, “pidió perdón con muchas lágrimas” y aseguró que las declaraciones se debían “al gran temor que sentía”, puesto que su mayor “miedo era ser quemada por el Santo Oficio”, por ende, todo lo previamente dicho, es decir, “las apariciones de la Virgen y de Jesucristo o los castigos y abusos del Demonio”, eran “mentiras y ficciones”.

Ahora bien, su discurso no era diferente a otros, pues el principal objetivo era el reconocimiento y adulación por parte de su entorno cercano: María Josefa, al igual que otros sujetos, quería ser vista como una “mujer virtuosa”, por ende, relataba “experiencias místicas a quienes se le acercaban”. Sin embargo, en la misma audiencia confesó su adicción “al aguardiente”, ya que la mayoría de las veces estaba “borracha” cuando esto sucedía. Además, muchas de estas supuestas revelaciones eran recompensadas con “limosnas”.

Los inquisidores al peguntarle si “el sacerdote que la confesaba” estaba al tanto de semejantes mentiras, ella les confirmó que no, ya que cada vez que le hablaba y comentaba sobre las supuestas experiencias místicas, éste le “creía” y, además, la veía como “una Santa”, por ende, la socorría constantemente. Sin embargo, después de “confesarse con él”, iba “a descargar su conciencia con otros sacerdotes y a ellos sí les decía toda la verdad, quienes además le prohibían comulgar”, por lo tanto, no sólo engañaba a las personas, sino también a su propio “confesor”.

Al continuar con los interrogatorios, los inquisidores le preguntaron “quién le enseñó a mentir y fingir tales revelaciones”, pues la gravedad de la situación no era menor, ya que con dichas acciones “se apartaba de los mandamientos de la Iglesia y despreciaba las expresiones sagradas que el Señor entregaba a ciertas criaturas”. Su respuesta fue: “nadie”, pues solo fueron “su mala naturaleza y las tentaciones del demonio” lo que la condujeron por un camino irreversible. No obstante, asumió la culpabilidad de los hechos y pidió “misericordia”, ya que también aseguró que al no ser consciente de “la malicia de sus actos, ignoraba los escándalos y los desprecios que causaría entre los fieles” por sus falacias.

Dos días más tarde, con fecha 7 de diciembre de 1718, el “abogado defensor” publicó un escrito donde pedía a los inquisidores tratarla con “piedad”, ya que María Josefa se arrepentía verdaderamente y, además fue una “ingenua e ignorante” frente a tales actos y dichos. Su embriaguez y, por supuesto, sus lágrimas fueron motivo suficiente para defenderla y pedir “clemencia” ante el Tribunal. Los teólogos, a su vez, descartaron “un estado de locura”, pues aseguraron a “los inquisidores que todo era parte de una trama netamente femenina”, cuya intención, por parte de nuestra protagonista, era “desprenderse de sus acciones” y, así pues, figurar como “una mujer sin cordura y raciocinio” (A.H.N., Legajo 5345, Documento n° 5, folios 38 reverso - 39 reversoArchivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso).

Para los inquisidores dichos acontecimientos eran una de las tantas consecuencias del “temperamento femenino”. Sin embargo, los calificadores afirmaban que todo era obra del demonio, por ende, estos hábitos debían ser reprimidos rápidamente, ya que al no hacerlo podían provocar la aparición de verdaderas herejías, entre ellas las supersticiones o las falsas prácticas religiosas. Además, la sociedad americana estaba expuesta a una religiosidad muy sensitiva, es decir, muy exteriorizada o muy “barroca”, por lo tanto, las autoridades debían controlar eficazmente las exageraciones y aquellos residuos de cultos supersticiosos.

La Inquisición, por ejemplo, las reprimía de un modo espectacular ya que, pese a saber que todo era fruto de las ensoñaciones y las falsedades místicas, recordaba a través de sus duros castigos el cómo debían comportarse los sujetos respecto a la religiosidad individual. Para los hombres del Santo Oficio, estas expresiones místicas americanas eran una contradicción en sí misma, ya que se inspiraban en el misticismo hispano del siglo XVI, es decir, muy interiorizado y crítico con las externalidades y, al mismo tiempo, exageradas y vulgares, sin embargo, muy típico y acorde a una sociedad mestiza (MILLAR, 2009MILLAR, R. Santidad, Falsa Santidad y Posesiones Demoníacas en Perú y Chile, siglos XVI y XVII. Santiago de Chile: Ediciones PUC, 2009. , p. 264-266).

En el proceso contra María Josefa, los inquisidores tardaron menos de un año en dictar la sentencia, pues desde su última audiencia a la junta de teólogos, con fecha 3 de noviembre de 1719, transcurrieron once meses aproximadamente. Luego de leer las confesiones y testificaciones declararon -por medio de un escrito- que nuestra protagonista era una “ilusa, falsa, mentirosa y gravemente sospechosa de pactar con el demonio” e incluso una “idólatra”. Dos inquisidores, más cuatro consultores, la sentenciaron un 10 de noviembre de 1719 a “abjurar de vehementi”, ser “absuelta ad cautelem con secuestro de bienes”, vestir el “sam Benito de media aspa y las insignias de embustera” y, al día siguiente, “salir desnuda de la cintura hacia arriba, caminando por las calles públicas y más acostumbradas”6 6 La sentencia dada por los inquisidores a María Josefa era una condena común en aquellos juicios donde primaba la supuesta “irracionalidad femenina”, es decir, las abjuraciones, el confinamiento, el destierro y las penas religiosas formaban parte de una estructura patriarcal inquisitorial, pues debía aplicarse para corregir las desviaciones y torpezas de un sexo, según ellos, débil por naturaleza. Para mayor información revisar las obras de María Jesús Torquemada y Natalia Urra. .

Al mismo tiempo, recibiría “200 azotes y sería desterrada por seis años a la ciudad de Ica”; allí, durante el primer año, permanecería reclusa en un Hospital o Beatario bajo las órdenes de un sacerdote que la guiaría e instruiría correctamente. Los años siguientes, debería confesarse y comulgar tres veces por año. Además, “rezar tres veces por semana y de rodillas un tercio del rosario a la Virgen” y “los viernes la Estación del Santísimo Sacramento”. Durante estos “seis años no podría comunicarse con ninguna persona, a menos que el sacerdote la autorizara”. Sin embargo, “por justos motivos, la pena de azotes no se cumplió”7 7 La mayoría de las veces los inquisidores no aplicaban las penas de azotes, pues todo dependía de la corporalidad y, sobre todo, del estado de salud del sujeto condenado. Si éste era débil, enfermo o un sujeto mayor, se le eximía de cumplir tal sentencia para así evitarle la muerte. Para Mayor información revisar las obras de María Jesús Torquemada. . Finalmente, un “28 de noviembre de 1719 se ejecutó la sentencia y, así pues, fue recluida en el Hospital De La Caridad” (A.H.N., Legajo 5345, Documento n° 5, folios 39 reverso - 40 reversoArchivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso).

Ahora bien, el proceso inquisitorial contra María Josefa fue un reflejo más de la participación femenina en las cotidianeidades urbanas y realidades sociales del Antiguo Régimen. La supuesta pasividad de las mujeres queda en entredicho con este tipo de juicios, ya que con sus transgresiones permiten historiar una serie de situaciones y contradicciones propias de una sociedad que a pesar de limitar al sexo femenino o confinarlo a un mundo privado, también sobresalía o destacaba en los ambientes públicos. Los detalles o anécdotas resguardados en este tipo de documentos nos acercan a realidades mucho más certeras y, por lo tanto, nos permiten replantearnos la intervención de las mujeres en los acontecimientos históricos desde nuevas perspectivas. El misticismo y la justicia inquisitorial fueron dos factores clave para constatar, por un lado, la participación femenina por medio de embustes o falsa espiritualidad y, por otro, las prohibiciones, recelos y castigos a los cuales se veían sometidas cuando escapaban de los cánones impuestos al sexo femenino (GONZALBO, 2013GONZALBO, P. Educación, Familia y Vida Cotidiana en el México Virreinal. Ciudad De México: El Colegio De México , 2013., p. 69-71).

Conclusiones

A modo de conclusiones, podemos reafirmar varios de nuestros planteamientos, pues como hemos enfatizado, la religiosidad experimentada por María Josefa, fue una de las tantas falsas expresiones místicas perseguidas por el Santo Oficio. Al igual que ella, muchos otros sujetos desfilaron por los tribunales asegurando tener dones especiales y conexiones espirituales con Dios y con sus Santos. Su juicio, no es distinto ni distante de otros, ya que es el reflejo de una sociedad marcada por las jerarquizaciones étnicas, la pobreza, la violencia y, sobre todo, los modos de sobrevivencia.

Nuestra protagonista personifica de un modo singular la unión entre la cultura clerical y la cultura religiosa popular, es decir, sus acciones y confesiones forman parte de un discurso impuesto por las esferas hegemónicas pero, al mismo tiempo, adaptado a las necesidades e inquietudes de personajes comunes y poco letrados respecto a las normativas inquisitoriales. Fingir éxtasis, arrobos, posesiones o revelaciones, fue un método más para sobrellevar las dificultades a las cuales se veían sometidos muchos personajes carentes de solvencia económica o protección social. La gracia santificante les permitía disimular la realidad desde una óptica mucho más afín a sus intereses personales.

Muchos de los procesos inquisitoriales contra estos supuestos místicos, poseen características similares y en algunos casos se repiten. Sin embargo, las particularidades del proceso contra María Josefa como, por ejemplo, sus propias confesiones y temores acerca de los castigos que puede darle el Santo Oficio, no sólo demuestran el control religioso que impera en el Antiguo Régimen hispano, sino también los cambios sociales experimentados por las autoridades respecto a la espiritualidad femenina. Dudar de sus testimonios y, finalmente, acusarla de embustera, falsa e idólatra se ajusta a la mentalidad racional y, sobre todo, al sistema patriarcal que predomina en el siglo XVIII.

La información detallada en el documento también ilustra una serie de situaciones que son propias de las experiencias religiosas femeninas; por un lado, María Josefa finge una santidad que la acerca al reconocimiento por parte de su entorno cercano, sus dichos y actos son admirados y, por tanto, recompensados a través de las limosnas, sin embargo, esto demuestra la pobreza y la exclusión a la cual estaba sometida por ser mujer y, además, mulata. Su arrepentimiento y congoja es, al mismo tiempo, un discurso típico que acomodan las autoridades inquisitoriales para representar la falta de cordura en las mujeres y, así pues, perpetuar el disciplinamiento hacia un sexo que para ellos es débil y torpe por naturaleza.

Por último, la documentación ejemplifica de un modo particular situaciones generales experimentadas por sociedades como las del Antiguo Régimen hispano. En este sentido, los detalles descritos en el expediente de María Josefa son una muestra más de la realidad inequitativa que viven algunos sujetos en el período virreinal. Muchos de los enjuiciados por el Santo Oficio, no sólo representaban a los sujetos cuya jerarquización étnica los limitaba en sus quehaceres mundanos, sino también a aquellos que, por medio de sus supuestas transgresiones, mantenían vigente una religiosidad popular más afín a esos sectores categorizados. Por otra parte, nuestra protagonista fue una mujer que intentó modificar su realidad y hacerla más llevadera desentendiéndose de los prejuicios atribuidos a las mujeres y, especialmente, a las de su condición.

Referências - Fuentes Primarias

  • Archivo Histórico Nacional de Madrid, Legajo 5345, Documento número 5, folios 36 verso - 40 reverso

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  • ZAMORA, M.J. Misticismo y Demonología: Teresa De Jesús. En: ALPHA, diciembre n° 31, 2010, p. 147-161.
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    La mayoría de los sujetos condenados por el Santo Oficio limeño eran personajes analfabetos; las mujeres, por ejemplo, reconocían no saber leer ni escribir, por ende, sus discursos frente a las cortes inquisitoriales, muchas veces, fue tergiversado o acomodado por quienes redactaban sus confesiones. Para mayor información, revisar la tesis doctoral “Mujeres, Brujería e Inquisición. Tribunal Inquisitorial de Lima, siglo XVIII” de Natalia Urra Jaque y la obra de la historiadora María Emma Mannarelli.
  • 2
    Los procesos inquisitoriales contra las brujas de Coahuila fueron contra un grupo de mujeres condenadas por practicar hechicerías y supersticiones en tierras novohispanas durante el siglo XVIII, sin embargo, para la investigadora Cecilia López Ridaura, muchas de las expresiones, discursos y testimonios conservados en los expedientes del Archivo General de la Nación en Ciudad De México, repiten un modelo inquisitorial preconcebido en Europa, por lo tanto, reflejan un modelo evangelizador y, por supuesto, cultural de imposición y avasallamiento.
  • 3
    La retórica inquisitorial respecto a la mujer, se fundamentó en un discurso misógino y patriarcal. Manuales y textos teológicos, complementaron la mirada despectiva hacia el sexo femenino. La mayoría de sus sentencias dejaban en evidencia la concepción que el tribunal tenía sobre las mujeres, sin embargo, como una institución propia del Antiguo Régimen, evolucionó a un discurso más racional que, además, impidió el brote excesivo de las transgresiones típicamente femeninas. Para mayor información revisar la obra e María Jesús Torquemada.
  • 4
    La sociedad americana estuvo muy expuesta a acciones heterodoxas, es decir, pensamientos o actos al margen de lo establecido, por ende, muchas formas de experimentar la religiosidad, no siempre se ajustaron a los cánones o patrones impuestos por las esferas de poder. La inquisición, al respecto, jugó un rol relevante para erradicarlas y así evitar conductas que colocaran en entredicho la normativa religiosa. Para mayor información revisar la obra de María Jesús Zamora y María Jesús Torquemada.
  • 5
    Según la definición de la Real Academia de la Lengua Española, RAE, el “acíbar” es un tipo de áloe o planta cuyo sabor es amargo, para mayor información revisar la web https://dle.rae.es/?id=0SoCzQ5.
  • 6
    La sentencia dada por los inquisidores a María Josefa era una condena común en aquellos juicios donde primaba la supuesta “irracionalidad femenina”, es decir, las abjuraciones, el confinamiento, el destierro y las penas religiosas formaban parte de una estructura patriarcal inquisitorial, pues debía aplicarse para corregir las desviaciones y torpezas de un sexo, según ellos, débil por naturaleza. Para mayor información revisar las obras de María Jesús Torquemada y Natalia Urra.
  • 7
    La mayoría de las veces los inquisidores no aplicaban las penas de azotes, pues todo dependía de la corporalidad y, sobre todo, del estado de salud del sujeto condenado. Si éste era débil, enfermo o un sujeto mayor, se le eximía de cumplir tal sentencia para así evitarle la muerte. Para Mayor información revisar las obras de María Jesús Torquemada.
  • Declaración de Financiamiento

    Este artículo se enmarca en el proyecto de investigación postdoctoral FONDECYT n° 3150658 (2014-2017), titulado “Magia amorosa en la Lima virreinal: Emociones y transgresiones a través de la prácticas mágicas perseguidas por el Tribunal Inquisitorial de Lima, siglos XVII y XVIII”. Algunas ideas de este artículo fueron presentadas en las X Jornadas de Historia Colonial (Concepción, Chile, 2016).

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    02 Dic 2019
  • Fecha del número
    2019

Histórico

  • Recibido
    25 Mar 2019
  • Acepto
    29 Set 2019
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